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Resolución 20-2024-AP que aclara y ratifica Resolución respecto al Anuncio del Proyecto “Lotes con servicios básicos mínimos Mi Lote 3”

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Muy Ilustre Municipalidad de Guayaquil

(Gobierno Autónomo Descentralizado)

 

A la ciudadanía en general

 

Dando estricto cumplimiento al Art. 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo, se pone en conocimiento la Resolución No. 20-2024-AP, firmada por el Arq. Fernando Añazco Campoverde, Director de Urbanismo, Movilidad, Catastro y Edificaciones, Delegado del Alcalde de Guayaquil, el 14 de agosto del 2024, misma que aclara y ratifica la Resolución No. 21-2020-AP, respecto al Anuncio del Proyecto denominado: “Lotes con servicios básicos mínimos Mi Lote 3”, con el contenido siguiente:

“(…)

Resuelve:

 

Primero.- Aclarar la Resolución N°.21-2024-AP de fecha 14 de agosto de 2020, que contiene el anuncio del proyecto “Lotes con servicios básicos mínimos Mi Lote 3”, únicamente con respecto a los propietarios del predio dignado con el registro catastral No. 9612-2041, en el siguiente sentido:

 

  • Excluir del proceso expropiatorio a los señores Ayala Reyes Miguel Celestino; Torres Desiderio Braulio Vicente, Torres Desiderio Rosaura Guadalupe, como copropietarios del predio signado con el registro catastral No. 9612-2041, por cuanto consta en el Certificado de Historia de Dominio No. CHB-2024-000013316 del 26 de enero de 2024 la Cesión de Derechos y Acciones Hereditarios.

  • Continuar con el proyecto expropiatorio a los copropietarios: la Compañía Promotora Occidental Proccident S.A.; y, los señores Arriaga Desiderio Enrique Francisco, Arriaga Desiderio Gregorio Jesús, Desiderio Cornejo Francisco Ernesto, Desiderio Cornejo Germán Alcides, Desiderio Cornejo María Teresa, Desiderio Cornejo Ramiro Javier, Desiderio Cornejo Francisco Alcides; Torres Zúñiga Enrique Francisco, Orellana León Olga Juana; Pontón Pérez Alberto Alejandro, Quijije Anchundia Amada Rubalina, Aristega Desiderio José Santiago, Aristega Desiderio Lidia Maribel, Aristega Desiderio Pablo Ricardo, constante en el Certificado de Historia de Dominio No. CHB-2024-000013316 del 26 de enero de 2024.

 

Segundo.- Ratificar la Resolución N°.21-2024-AP de fecha 14 de agosto de 2020, que contiene el anuncio del proyecto “Lotes con servicios básicos mínimos Mi Lote 3”, en todo lo que no se contraponga a la presente Resolución ejecutiva.

 

Tercero.- Disponer la notificación de este Anuncio a los copropietarios y parte del proceso expropiatorio, del predio identificado con el registro catastral No. 9612-2041, la Compañía Promotora Occidental Proccident S.A.; y, los señores Arriaga Desiderio Enrique Francisco, Arriaga Desiderio Gregorio Jesús, Desiderio Cornejo Francisco Ernesto, Desiderio Cornejo Germán Alcides, Desiderio Cornejo María Teresa, Desiderio Cornejo Ramiro Javier, Desiderio Cornejo Francisco Alcides; Torres Zúñiga Enrique Francisco, Orellana León Olga Juana; Pontón Pérez Alberto Alejandro, Quijije Anchundia Amada Rubalina, Aristega Desiderio José Santiago, Aristega Desiderio Lidia Maribel, Aristega Desiderio Pablo Ricardo; así como también, a la Dirección General de Vivienda; a la Coordinación General de Catastro y Avalúos de la Dirección General de Urbanismo, Movilidad, Catastro y Edificaciones; a la Dirección Financiera Municipal; al Procurador Síndico Municipal y al Registrador de la Propiedad de Guayaquil;

 

Cuarto. – Disponer la publicación de este anuncio del proyecto en un diario de amplia circulación en la ciudad de Guayaquil y en la página electrónica de esta Municipalidad de Guayaquil;

 

Dado y firmado en el despacho del director de la Dirección de Urbanismo, Movilidad, Catastro y Edificaciones a los catorce días del mes de agosto del 2024.

 

Arq. Fernando Añazco Campoverde
Director General de Urbanismo, Movilidad, Catastro y Edificaciones
Delegado del Alcalde de Guayaquil

 

(*) Para revisar el contenido íntegro de esta resolución dé click aquí.

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