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Reprogramación de Audiencia Pública para tratar "Gestión de residuos sólidos, infraestructura verde, educación ambiental, monitoreo ambiental y optimización del alcantarillado"

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Licenciado

Francisco Javier Torres García

Ciudad.-

 

REF.: SMG-AAA-2025-02561 del 18 de febrero de 2025 / Reprogramación de la Audiencia Pública.

 

De mis consideraciones:

 

En atención a su comunicación de fecha 9 de enero de 2025, mediante la cual solicita una Audiencia Pública para tratar los temas relacionados a "Gestión de residuos sólidos, infraestructura verde, educación ambiental, monitoreo ambiental y optimización del alcantarillado", me permito informar lo siguiente:

 

El artículo 100 de la Constitución de la República establece a las audiencias públicas como un ejercicio de participación ciudadana en los diferentes niveles de gobierno.

 

Por otra parte, el artículo 303 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), determina que la ciudadanía, en forma individual o colectiva, tiene derecho a participar en las audiencias públicas, de acuerdo con lo establecido en la Constitución, la ley y demás normativa.

 

Así también, los artículos 73, 74 y 75 de la Ley de Participación Ciudadana regulan el alcance de este mecanismo de participación.

 

En el caso de Guayaquil, se encuentra vigente la Ordenanza que Regula el Sistema de Participación Ciudadana del Cantón Guayaquil, que prescribe en sus artículos 23 y 24 lo siguiente:

 

"Artículo 23.- Audiencias Públicas.- Se denominan audiencias públicas a los espacios de participación individual o colectiva que se efectúan ante el Concejo Municipal, sus comisiones o ante el Alcalde o Alcaldesa o su delegado con el propósito de requerir información pública; formular pronunciamientos o propuestas sobre temas de su interés o de interés comunitaria, formular quejas por la calidad de los servicios públicos de competencia municipal, sobre la atención de los servidores municipales, o, por cualquier asunto que pudiera afectar positiva o negativamente.

Artículos 24.- Convocatoria.- El concejo municipal, sus comisiones o el Alcalde o Alcaldesa, en el ámbito de sus competencias convocarán periódicamente a audiencias públicas a fin de que individual o colectivamente las ciudadanas y ciudadanos acudan y sean escuchados sus planteamientos para su ulterior trámite. (… )"

 

De lo señalado, esta Administración Municipal acepta su petitorio, y consecuentemente convoca a Audiencia Pública para el jueves 20 de febrero de 2025, a las 11h00, en la Sala de Reuniones del noveno piso del edificio Valra, ubicado en la calle República de Guayaquil y Av. Malecón Simón Bolívar, a fin de tratar los temas expuestos en su comunicación, por ser concernientes a la circunscripción político administrativa de este Gobierno Autónomo Descentralizado.

 

Para tal efecto, el Primer Personero Municipal ha delegado al lng. Paul Barrazueta González, Jefe del Departamento de Calidad y Control Ambiental de la Dirección General de Ambiente, al lng. Germán Vera Rodríguez, Jefe de Planificación, Procesos y Proyectos y al lng. Juan José Sabando, Analista Ambiental 7 de la Empresa Pública Municipal de Economía Circular de Aprovechamiento, Valorización y Disposición Final de Gestión de Residuos y Desechos, CIRCULAR EP., a la lng. Rosa Mejía Cevallos, Directora de Ambiente y Sostenibilidad y al Abg. Gabriel lnsuasti Soto, Coordinador de Gestión Comunitaria de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Guayaquil EMAPAG EP., quienes informarán al señor Alcalde sobre lo tratado.

 

La presente convocatoria de Audiencia Pública se publicará en el sitio web institucional www.guayaquil.gob.ec, para conocimiento y seguimiento de la ciudadanía.

 
Atentamente,
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD.
 
 
 

Abg. Felipe Cabezas-Klaere
Secretario del Concejo Municipal
Secretaría General

 

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