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Primera modificación a Resolución del anuncio del proyecto “Reconstrucción integral de la calle Tungurahua, incluye aceras, bordillos e instalaciones hidrosanitarias – Programa CAF XVI

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A LA CIUDADANÍA EN GENERAL

 

Dando estricto cumplimiento al Art. 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo, se pone en conocimiento la Resolución No. 18-2024-AP, firmada el 11 de junio del 2024, por el Arq. Luis Alfonso Saltos Espinoza, Director General de Urbanismo, Movilidad, Catastro y Edificaciones, en calidad de Delegado del Alcalde de Guayaquil, en esa fecha, misma que modifica la Resolución No. 02-2024-AP, respecto al Anuncio del Proyecto denominado: “RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CALLE TUNGURAHUA, INCLUYE ACERAS, BORDILLOS E INSTALACIONES HIDROSANITARIAS – PROGRAMA CAF XVI”, con el contenido siguiente:

“(…)

RESUELVE

 

PRIMERO.- PRIMERA MODIFICACIÓN de la Resolución No. 02-2024-AP, que contiene el Anuncio del Proyecto respecto a la obra denominada: “RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CALLE TUNGURAHUA, INCLUYE ACERAS, BORDILLOS E INSTALACIONES HIDROSANITARIAS – PROGRAMA CAF XVI”; en el sentido de señalar que, por una parte, respecto a los predios identificados con los códigos catastrales Nos. 08-0245-001 y 08-0263-036-12, en donde se ha constatado que los propietarios de los inmuebles han fallecido conforme lo informado mediante Certificados de Defunción con Nos. 0004269977, 0004275222 y 0004295161, se deberá establecer como propietarios a los herederos desconocidos por desconocer de los mismos; y, que, por otra parte, en relación a los predios identificados con los códigos catastrales Nos. 08-0251-010-1, 08-0264-009-1, en donde se evidencia la inscripción de las escrituras públicas de Posesión Efectiva por el fallecimiento de los propietarios de los referidos inmuebles, conforme lo informado mediante los Certificados de Historia de Dominio Nos. CHB-2024-000007368 y CHB-2024-000007367, se deberá establecer como propietarios a los herederos conocidos y desconocidos. Por lo tanto, el detalle es el siguiente:

 

Cod. catastral Propietarios Afectación
08-0245-001 ROSA GLORIA MARQUEZ BRIONES y HEREDEROS DESCONOCIDOS DE VÍCTOR RAFAEL ESPINOZA ANDRADE Parcial
08-0251-010-1 HEREDEROS CONOCIDOS DE EDUARDO PEZO FLORES: MARCELINO ALONSO PEZO GONZÁLEZ, VÍCTOR SATURIO PEZO GONZÁLEZ y FÉLIX ENRIQUE PEZO MACÍAS; y, HEREDEROS DESCONOCIDOS DE EDUARDO PEZO FLORES Parcial
08-0263-036-12 HEREDEROS DESCONOCIDOS DE ROBERTO ANTONIO ALVAREZ OSORIO y MARÍA PERFILIANA GARCÍA Parcial
08-0264-009-1 HEREDEROS CONOCIDOS DE MARCELINO DORINDO VERA CHÁVEZ Y CONCEPCIÓN ADALBERTA VALVERDE AGUIRRE: AUREA ELIZABETH VERA VALVERDE, MARTHA MARÍA VERA VALVERDE, PEDRO MARCELINO VERA VALVERDE, ESPERANZA ROSA VERA VALVERDE Y ROSENDO JACINTO VERA VALVERDE; y, HEREDEROS DESCONOCIDOS DE MARCELINO DORINDO VERA CHÁVEZ Y CONCEPCIÓN ADALBERTA VALVERDE AGUIRRE Parcial

 

SEGUNDO.- DISPONER LA PUBLICACIÓN de esta resolución en un diario de amplia circulación en la ciudad de Guayaquil y en la página electrónica del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, conforme lo prevé el artículo 66 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo.

 

TERCERO. – DISPONER LA NOTIFICACIÓN DE ESTE ANUNCIO, a los herederos conocidos de los propietarios en relación a los predios identificados con los códigos catastrales Nos. 08-0251-010-1 y 08-0264-009-1, de conformidad con lo previsto en el artículo 165 del Código Orgánico Administrativo; así como también a la Coordinación General de Catastro y Avalúos y a la Coordinación General de Planificación, Proyectos y Movilidad de la Dirección General de Urbanismo, Movilidad, Catastro y Edificaciones; a la Dirección General de Tecnologías de la Información; a la Dirección General de Obras Públicas; a la Coordinación General de Proyectos con Financiamiento Externo; a la Dirección General Financiera Municipal; al Procurador Síndico Municipal y al Registrador de la Propiedad de Guayaquil.

 

CUARTO.- DISPONER LA NOTIFICACIÓN DE ESTE ANUNCIO, A TRAVÉS DE UN MEDIO DE COMUNICACIÓN DE AMPLIA CIRCULACIÓN, por tratarse de herederos desconocidos de los propietarios en relación a los predios identificados con los códigos catastrales Nos. 08-0245-001, 08-0251-010-1, 08-0263-036-12 y 08-0264-009-1, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 167 y numeral 1 del artículo 168 del Código Orgánico Administrativo.

 

Arq. Luis Alfonso Saltos Espinoza, MSc.
DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO, MOVILIDAD, CATASTRO Y EDIFICACIONES
DELEGADO DEL ALCALDE DE GUAYAQUIL

 

(*) Para revisar el contenido íntegro de esta resolución dé click aquí.

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