ACTA DE SESIÓN DEL TRIBUNAL DE APELACIONES PARA DESIGNACIÓN DE REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN GUAYAQUIL
En el cantón Guayaquil, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil diecinueve, siendo las diez horas quince minutos, se lleva a cabo la sesión del Tribunal de Apelaciones del Concurso de Méritos y Oposición para la designación de Registrador de la Propiedad del cantón Guayaquil, estando presentes sus miembros: Ab. Ingrid Montiel Acuña, Ab. Jaime Tejada Franco e Ing. Patricio Medina Zambrano, se avoca conocimiento del oficio ADM.CON-2019-0001 de abril 16 de 2019, mediante el cual la Ab. Martha Herrera Granda, Delegada del Alcalde y Administradora para el Concurso de Méritos y Oposición Para la Selección de Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, pone en nuestro conocimiento la solicitud de reconsideración efectuada por el Dr. Luis Chiriboga Biaggi, así como los documentos que ha acompañado a su petición. Al efecto, el Tribunal procede hacer el siguiente análisis:
El postulante, Dr. Luis Chiriboga Biaggi, señala en su comunicación que fue notificado el 11 de abril del presente año, con el acta de la sesión del Tribunal de Méritos y Oposición, realizada el 10 de abril del 2019. Indica además, respecto de su postulación que: “(Los documentos relacionados con la capacitación general no constan debidamente certificados para efectos de acreditar su validez, conforme lo previsto en el Art. 19 numeral 3, y en el Art. 23 numeral 4 de la Resolución antes citada)”.
Con dicho antecedente el postulante al amparo de lo establecido en el Art. 15 del Instructivo que establece el Procedimiento Administrativo para la Planificación, Convocatoria y Ejecución del Concurso de Méritos y Oposición para la Selección del Registrado de la Propiedad del cantón Guayaquil, solicita la reconsideración de la resolución adoptada por el Tribunal de Méritos y Oposición, para lo cual señala que presenta “la documentación oportunamente remitida que se adjunta nuevamente para su análisis”.
El Tribunal de Apelación procede a revisar la documentación presentada por el postulante, tanto en la fase de la calificación de méritos como la presentada con ocasión de la petición de reconsideración, pudiéndose confirmar en forma indubitable, que el postulante no presentó la documentación en la fecha señalada debidamente certificada, en relación a los documentos que acreditan la capacitación general, conforme lo previsto en el Art. 19 numeral 3, y el Art. 23 numeral 4 de la resolución antes invocada. Es necesario destacar que conforme a lo previsto en el Art. 15 de la reglamentación que rige el Concurso, de manera taxativa se expresa:
“La reconsideración en ningún caso se centrará en aspectos de legalidad o para subsanar información omitida o mal presentada o entregada. La reconsideración se aceptará en el evento de no haberse considerado información o documentación oportunamente remitida por la o el aspirante”. (Las negrillas son de los infrascritos).
En virtud de las consideraciones antes referidas y de la documentación puesta a conocimiento del Tribunal de Apelaciones, el mismo RESUELVE: NEGAR la solicitud de reconsideración solicitada por el postulante Dr. Luis Chiriboga Biaggi, toda vez que la misma no tiene como propósito el que se considere información o documentación oportunamente remitida, sino por el contrario conlleva el deseo de subsanar información que fue omitida al momento de la presentación, lo cual es contrario a las reglas antes citadas.
Se dispone además, que la presente Acta sea subida en la página web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil, notificada a la máxima autoridad del GADMG, así mismo que sea notificada a cada uno de los(as) postulantes en los correos electrónicos declarados al momento de su postulación, por la Administradora del Concurso.
Para veracidad de lo antes expuesto, firman los integrantes del Tribunal, siendo las doce horas con nueve minutos del día miércoles diecisiete abril del año dos mil diecinueve.
MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE APELACIONES
Ab. Ingrid Montiel Acuña |
Ing. Patricio Medina Zambrano
Director de Recursos Humanos
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Ab. Jaime Teja Franco |
(*)El contenido íntegro de la Convocatoria antes referida, puede ser consultado aquí.