El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en ejercicio de las atribuciones que le confiere los artículos 228 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo establecido en el artículo 63 numeral 49 y artículo 123 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Expide la siguiente Ordenanza de seguridad y prevención contra incendios que deben cumplir los establecimientos y Espectáculos Públicos.