Licenciado
Francisco Torres García
Presidente de la Asociación de Residentes y/o Propietarios de las ciudadelas Nueva Kennedy y Sagrada Familia
Ciudad.-
De mis consideraciones:
Por instrucciones del Señor Alcalde, en atención a su solicitud de Audiencia Pública, para tratar temas concernientes al proceso de regularización de los elementos de seguridad en las ciudadelas Nueva Kennedy y Sagrada Familia, me permito informar lo siguiente:
El artículo 100 de la Constitución de la República establece a las audiencias públicas como un ejercicio de participación ciudadana en los diferentes niveles de gobierno.
Por otra parte, el artículo 303 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), determina que la ciudadanía, en forma individual o colectiva, tiene derecho a participar en las audiencias públicas, de acuerdo con lo establecido en la Constitución, la ley y demás normativa.
Así también, los artículos 73, 74 y 75 de la Ley de Participación Ciudadana regulan el alcance de este mecanismo de participación.
En el caso de Guayaquil, se encuentra vigente la Ordenanza que Regula el Sistema de Participación Ciudadana del Cantón Guayaquil, que prescribe en sus artículos 23 y 24 lo siguiente:
"Artículo 23.- Audiencias Públicas.- Se denominan audiencias públicas a los espacios de participación individual o colectiva que se efectúan ante el Concejo Municipal, sus comisiones o ante el Alcalde o Alcaldesa o su delegado con el propósito de requerir información pública; formular pronunciamientos o propuestas sobre temas de su interés o de interés comunitaria, formular quejas por la calidad de los servicios públicos de competencia municipal, sobre la atención de los servidores municipales, o, por cualquier asunto que pudiera afectar positiva o negativamente.
Artículos 24.- Convocatoria.- El concejo municipal, sus comisiones o el Alcalde o Alcaldesa, en el ámbito de sus competencias convocarán periódicamente a audiencias públicas a fin de que individual o colectivamente las ciudadanas y ciudadanos acudan y sean escuchados sus planteamientos para su ulterior trámite. (… )"
De lo señalado, esta Administración Municipal acepta su petitorio, y consecuentemente convoca a Audiencia Pública para el miércoles 6 de agosto de 2025, a las 15h00, en el Salón Pedro Carbo de la Biblioteca Municipal de Guayaquil, ubicada en las calles República de Guayaquil y Pedro Carbo, a fin de tratar los temas expuestos en vuestra comunicación, por ser concernientes a la circunscripción político administrativa de este Gobierno Autónomo Descentralizado.
Para tal efecto, el Primer Personero Municipal ha delegado a los siguientes funcionarios: Abg. Piedad Andrade Luna, Coordinadora General 1 de Secretaría General; Abg. Ricardo Ferber, Subdirector de Justicia y Vigilancia; Abg. Andrés Carbo Cárdenas, Comisario de Elementos de Seguridad de la Dirección General de Justicia y Vigilancia; Econ. Bolívar Guzmán Rugel, Jefe Departamental de la Dirección General de Uso del Espacio y Vía Pública y al Sr. John Balseca Suárez, Asistente Técnico 2 de la Dirección General de Uso del Espacio y Vía Pública, para que asistan en su representación, quienes informarán al señor Alcalde sobre lo tratado.
La presente convocatoria de Audiencia Pública se publicará en el sitio web institucional www.guayaquil.gob.ec, para conocimiento y seguimiento de la ciudadanía.
Atentamente,
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD.
Abg. Jaime Tejada Franco
Secretario del Concejo Municipal
Secretaría General
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