El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 228 de la Constitución Política de la República, y con sujeción a lo establecido en los artículos 163 y 164 de la Ley de Régimen Municipal. Expide la “Ordenanza reformatoria a la Ordenanza que norma el control de talleres automotrices, garajes, talleres de pintura y enderezada de vehículos y locales comerciales que se dedican a la venta de repuestos, partes y accesorios automotrices usados dentro del cantón Guayaquil”.