El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en ejercicio de las atribuciones y facultades que le confiere el Artículo 228 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo establecido en el Artículo 16 numeral de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Expide el “Reglamento reformatorio del reglamento interno de copropiedad y administración de condominios ubicados en la etapa 1A (ZE-1A) del proyecto “Puerto Santa Ana”.