El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en uso de las facultades y atribuciones invocadas y de conformidad con el Artículo 63 Numeral 49 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Expide la “Reforma a la Ordenanza que reglamenta el uso del suelo en el área denominada embalse Chongón y establece normas de preservación, reservación y conservación de la obra de ingeniería del trasvase de las aguas del río Daule a la Península de Santa Elena en la parte correspondiente al cantón Guayaquil”.