El M.I. Concejo Cantonal de Guayaquil, considerando que corresponde al Concejo Cantonal dictar las Ordenanzas que regulen las lotizaciones que se efectúen tanto en el perímetro urbano como rústico, adyacente a la ciudad de acuerdo con lo establecido en el Art. 196 de la Ley de Régimen Municipal. Acuerda la siguiente Ordenanza por la que se autoriza la lotización con fines de urbanización de los terrenos de propiedad de Urbanizadora del Salado S.A. ubicados fuera del perímetro urbano de la parte Noroeste de la ciudad de Guayaquil y que se ha denominado Urdesa Norte.