El M.I Concejo Municipal de Guayaquil, en ejercicio de la facultad legislativa que confiere el artículo 240 de la Constitución de la Republica del Ecuador, en armonía con lo previsto en los artículos 7 y 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y descentralización. Expide la “Ordenanza que norma la instalación externa obligatoria de equipos e infraestructura de seguridad en instituciones públicas y privadas del cantón Guayaquil”.