El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en ejercicio de las atribuciones y facultades que le confiere el artículo 228 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo establecido en los artículos 16 numeral 2, 63 numerales 1 y 49, 123 y 131 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Expide el “Reglamento Sustitutivo al de creación, control, manejo, mantenimiento y reposición de los fondos rotativos de la M. I. Municipalidad de Guayaquil”.