QUE, la Constitución Política de la República en su articulo 228, y, la ley de Régimen Municipal en sus artículos 1 y 17, consagran la autonomía plena, funcional, económica y administrativa de las Municipalidades.
QUE, la Constitución Política de la República en su articulo 228, y, la ley de Régimen Municipal en sus artículos 1 y 17, consagran la autonomía plena, funcional, económica y administrativa de las Municipalidades.