La nueva ordenanza que introduce la Licencia Anual de Funcionamiento de Establecimientos representa un cambio significativo en el proceso de autorización para la operación de negocios en la ciudad de Guayaquil.
Esta licencia reemplaza el anterior modelo de habilitación, que exigía hasta ocho requisitos previos para determinadas actividades. Con el nuevo esquema, únicamente se deben cumplir dos requisitos iniciales: contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y que la actividad a desarrollar esté permitida en la zona donde se ubica el local, independientemente de que la edificación conste como residencial en el catastro municipal.
De acuerdo con la nueva normativa, una vez cumplidos estos requisitos se otorga la licencia, lo que permite operar de inmediato mientras se cumplen las obligaciones adicionales de forma paralela y dentro de los plazos establecidos según la actividad.
Para los nuevos negocios, el trámite se inicia en línea a través de la página web del Municipio de Guayaquil www.guayaquil.gob.ec. En el caso de actividades de mediano o alto riesgo, se requiere adicionalmente el certificado del Cuerpo de Bomberos. Tras la validación de los requisitos y el pago de la tasa correspondiente, se emite la licencia de manera condicionada, otorgando un plazo posterior para regularizar el resto de obligaciones.
Los establecimientos existentes que cuenten con la Tasa de Habilitación y Control 2025 no deberán realizar un trámite adicional para acogerse al nuevo sistema. Bastará con efectuar la renovación anual, presentando únicamente el certificado del Cuerpo de Bomberos en los casos de riesgo medio o alto, o la tasa de turismo, si corresponde.
¿Qué significa este cambio?
Este modelo simplifica de manera sustancial los procedimientos al reducir los requisitos previos y validar automáticamente la información mediante el sistema, lo que elimina la necesidad de realizar gestiones adicionales en otras dependencias antes de iniciar operaciones.
De esta manera, los comerciantes pueden desarrollar su actividad con tranquilidad mientras completan las obligaciones pendientes dentro de los plazos definidos.
Un beneficio clave es la eliminación de las barreras catastrales y constructivas como impedimento inicial. Estos aspectos se regularizan posteriormente, siempre que la actividad sea compatible con la zona donde se ubica el establecimiento.
Además, 104 actividades consideradas de bajo riesgo (como gabinetes de belleza, minimarkets, tiendas de ropa al por menor y comercios barriales), cuyos establecimientos tengan una superficie menor a 100 metros cuadrados, no requieren el certificado del Cuerpo de Bomberos para obtener o renovar la licencia. Este documento deberá regularizarse dentro de los 30 días posteriores, lo que permite operar de manera autorizada desde el primer momento.
Así, la nueva ordenanza impulsa el emprendimiento y la formalización, agiliza los procesos administrativos y promueve la actividad económica al priorizar la autorización inmediata y diferir requisitos secundarios, en beneficio tanto de los nuevos como de los comerciantes ya establecidos.






