El artículo 95 de la Constitución de la República del Ecuador consagra el derecho de participación de los ciudadanos en los asuntos de interés público, a través de la democracia representativa, directa y comunitaria; así mismo el artículo 96 reconoce todas las formas de organización de la sociedad, como expresión de la soberanía popular para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el control social de todos los niveles de gobierno local.
Esta Municipalidad emitió la “Ordenanza que regula el Sistema de Participación Ciudadana del cantón Guayaquil” publicada en la Gaceta 20 de fecha 7 de octubre de 2011; y en mayo y octubre de cada año, se realizan asambleas en las cuales se reciben las propuestas por parte de los integrantes de la Asamblea para que consten en el Presupuesto de la Entidad del próximo año y en octubre la Asamblea se reúne para aprobar el Anteproyecto de Presupuesto Municipal del año próximo. Por tal motivo, al ser la Asamblea Cantonal de Participación Ciudadana de Guayaquil un ente representativo es necesario que todas sus sesiones queden registradas en un acta por cuanto se resuelve los puntos que se registran en el orden del día.
Además existe el Consejo de Planificación Cantonal de Guayaquil, ente que resuelve sobre el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Municipio de Guayaquil. Igual modo, al estar conformado por representantes tanto del Concejo como de la Asamblea, se reúnen para aprobar las reformas o modificaciones que se hagan a las Ordenanzas sobre el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial. De igual manera, sus reuniones deben quedar registradas en actas porque se toman decisiones sobre un orden del día previamente elaborado.