En cumplimiento de la delegación referida del Alcalde de Guayaquil y de las normas citadas, que son de obligatoria ejecución, esta Dirección de Urbanismo, Avalúos y Ordenamiento Territorial a través de su titular
RESUELVE
PRIMERO.- REALIZAR EL ANUNCIO DEL PROYECTO respecto de la “Solución Vial Puente Guayaquil – Daule”, cuya área de influencia son los predios signados con los códigos catastrales Nos. 48-0415-001-01, 48-0434-002, 48-6036-030, 48-0415-001-04 y 48-0415-002-05, y su plazo de inicio es el determinado por la Dirección de Obras Públicas Municipales, el cual está en ejecución.
Este anuncio del proyecto permitirá fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia de las obras a ejecutarse al valor de la fecha de este anuncio público.
SEGUNDO.-DISPONER LA PUBLICACIÓN de este anuncio del proyecto en un diario de amplia circulación en la ciudad de Guayaquil y en la página electrónica de esta Municipalidad de Guayaquil.
TERCERO.- DISPONER LA NOTIFICACIÓN DE ESTE ANUNCIO a los propietarios de los predios necesarios para la ejecución del proyecto:
# | COD. CATASTRAL | PROPIETARIO | AFECTACIÓN |
---|---|---|---|
1 | 48-0415-001-01 | FIDEICOMISO MERCANTIL EN GARANTÍA DENOMINADO FCME | PARCIAL |
2 | 48-0434-002 |
PINELA ALVARADO MIGUEL ELADIO,
HDROS. DE PINELA HERNÁNDEZ FAUSTO CELSO,
PINELA PINELA NICOLÁS EMILIANO,
PINELA PINELA JUAN REGINO,
PINELA ACOSTA JUAN BAUTISTA Y
PINELA PINELA NATIVIDAD FRANCISCA
|
PARCIAL |
3 | 48-6036-030 | M. I. MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL | PARCIAL |
4 | 48-0415-001-04 | INVESTEAM S.A. | PARCIAL |
5 | 48-0415-002-05 | ALTOVERSA S.A. | PARCIAL |
CUARTO.- De las publicaciones y de las notificaciones antes referidas ENCÁRGUESE LA SECRETARÍA MUNICIPAL. Su titular será responsable del cumplimiento efectivo de tales actos.
DADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA DUOT A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2018.
ARQ. JOSÉ MIGUEL RUBIO JAÉN |
DIRECTOR DE URBANISMO, AVALÚOS Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DELEGADO DEL ALCALDE DE GUAYAQUIL |
(*)El contenido íntegro de la Resolución antes referida, puede ser consultado aquí.