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Pago de impuesto predial no se afectará por incumplimiento de la Contribución Especial de Mejoras

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La concejala Emily Vera aclaró que si un ciudadano no paga la Contribución Especial de Mejoras (CEM) en el año 2024, esto no afectará el cumplimiento del impuesto predial correspondiente a 2025.

 

“Lo que va a pasar es que usted va a poder pagar sus predios 2025, pero no va a poder pagar su CEM 2025; como en cualquier pago, tiene que estar al día en el año 2024 para poder pagar el 2025. El impuesto predial no se afecta de ninguna forma”, indicó en declaraciones a los medios de comunicación.

 

La concejala explicó que actualmente el Municipio trabaja de diversas formas para que los guayaquileños cumplan con sus obligaciones. Cabe recalcar que todos los recursos recaudados se devuelven a la ciudadanía en forma de obras y servicios.

 

En el caso del CEM, “el 72% de los contribuyentes entre 1 centavo y 20 dólares, el otro porcentaje que es menor al 30% el monto es más elevado, pero es en función del avalúo de su propiedad y de las obras que ya llegaron en el periodo 2015 – 2022”, precisó Vera.

 

Por ese rubro, dijo, se han recaudado más de USD 6,3 millones. La concejala recordó que en el lapso analizado se invirtieron USD 526 millones y se busca recuperar USD 140 millones, en 7 años, hasta 2030.

 

“Esto no es un nuevo impuesto, esto está regulado –vía ordenanza- desde 1996, en la administración del Ingeniero León Febres Cordero”, aclaró Vera. El CEM consta también en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) y fue una recomendación de la Contraloría General del Estado, que es de cumplimiento obligatorio.

 

Además, Vera detalló que ya se cobra un CEM correspondiente a obras invertidas en los años 2000–2014. Ese valor ya es pagado por los guayaquileños desde 2015 y se extiende también hasta 2030. Por este rubro se ha recaudado más de USD 11,6 millones.

 

La concejala recordó que actualmente está en vigencia el periodo para la remisión de intereses, multas y recargos derivados de obligaciones tributarias municipales: impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras.

 

Dicho beneficio es, para lo que resta del año, del 40% de remisión para pagos efectuados entre el 1 de agosto hasta el 30 de septiembre; entre el 1 de octubre al 30 de noviembre, el 30%; y, desde el 1 al 30 de diciembre, el 20%.

 

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