QUE, la Constitución Política de la República del Ecuador, en su Art, 228 y la Ley Orgánica de Régimen Municipal en sus Arts. 1 y 17, consagran la autonomía plena, funcional, económica y administrativa de las Municipalidades.
QUE, la Constitución Política de la República del Ecuador, en su Art, 228 y la Ley Orgánica de Régimen Municipal en sus Arts. 1 y 17, consagran la autonomía plena, funcional, económica y administrativa de las Municipalidades.