QUE, ta Constitución Política de la República en su artículos 228, y la Ley de Régimen Municipal en sus artículos 1 y 17 proclaman la autonomía plena, económica y administrativa de las municipalidades.
QUE, ta Constitución Política de la República en su artículos 228, y la Ley de Régimen Municipal en sus artículos 1 y 17 proclaman la autonomía plena, económica y administrativa de las municipalidades.