El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 228 de la Constitución y los Arts. 126 y 135 de la Ley de Régimen Municipal. Expide la “Ordenanza Reformatoria a la Ordenanza que norma la introducción de animales de abasto, el faenamiento, el desposte, la industrialización, la refrigeración, la comercialización, el transporte y su expendio; la introducción de carnes, productos subproductos y derivados cárnicos procesados o industrializados y su expendio”.