El M.I Concejo Municipal de Guayaquil, en ejercicio de la facultad legislativa que confiere la Constitución de la República del Ecuador en el Art. 240, en concordancia con lo establecido en los artículos 7 y 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. Expide la Ordenanza reglamentaria para el desarrollo comercial y de servicio turístico del “Sector Centro”.