El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en ejercicio de las atribuciones y facultades que le confiere los artículos 228 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo establecido en el artículo 63 numeral 1° de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Expide la Ordenanza modificatoria de la ordenanza que norma los programas de regeneración urbana de la ciudad de Guayaquil.