El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 228 de la Carta Política, y Art. 64 numeral 1 y 135 de la Ley de Régimen Municipal. Expide la Ordenanza reformatoria de la ordenanza rectificatoria a la “Ordenanza que norma los programas de regeneración urbana de la ciudad de Guayaquil”.