El M.I. Concejo Cantonal de Guayaquil, en uso de las facultades y atribuciones constitucionales y legales de las que se halla investido y de conformidad con el Art. 64 numeral 49, de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y 228 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Ecuatoriano. Expide la “Cuarta Ordenanza reformatoria a la Ordenanza de parcelaciones y urbanizaciones para el cantón Guayaquil”.