El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 228 párrafo segundo de la Constitución Política de la República del Ecuador, y de conformidad con el artículo 63 numeral 23 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Expide la “Ordenanza reformatoria a la Ordenanza que establece el cobro del Impuesto Anual de Patente en el cantón Guayaquil”.