El M.I Concejo Cantonal de Guayaquil, en uso de las atribuciones y facultades constitucionales y legales de las que se halla investido. Expide la Ordenanza que establece la contribución especial de mejoras a los propietarios de los inmuebles urbanos del cantón Guayaquil, por la apertura, pavimentación, ensanche y construcción de vías de toda clase, repavimentación urbana, construcción de aceras, mercados, plazas y parques, y demás obras públicas ejecutadas por la Municipalidad.