El M.I Concejo Municipal de Guayaquil, en ejercicio de la competencia que le confieren los artículos 240 y 264 de la Constitución de la República, en armonía con lo previsto en los artículos 7 y 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. Expide la Ordenanza reformatoria a la Ordenanza que fija las tarifas máximas que la sociedad concesionaria del Sistema Aeroportuario de Guayaquil cobrará por los servicios que preste.