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Estos son los cinco tributos que representan el 75% de la recaudación del Municipio de Guayaquil

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Cinco tributos concentran el 75% de la recaudación en el Municipio de la ciudad. Estos recursos son importantes pues financian la obra y servicios que se ofrecen en los barrios. Los tributos que son parte de este grupo son: prediales, 1.5 por mil sobre los activos totales, patente municipal, tasa de habilitación de local y la tasa de recolección de basura y desechos sólidos.

 

De acuerdo con el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), los municipios pueden recaudar tributos clasificados en tres tipos: impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras. Este 2024 se prevé recaudar USD 200 millones en los diez tributos de mayor recaudación, de los cuales más de USD 150 millones corresponden a los cinco tributos antes mencionados. Los recursos recaudados se invertirán en la ejecución de la obra pública.

 

En el caso del impuesto a la patente municipal, están obligados a cancelarla todos los ciudadanos que mantengan activo un Registro Único de Contribuyente (RUC) con domicilio o establecimiento en el cantón.

 

La norma determina que todas las personas naturales y jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras, que realicen permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales, están obligados a la declaración anual de este tributo. El plazo para declarar el Impuesto a la Patente Municipal es hasta 30 días después de la fecha límite establecida para la declaración del Impuesto a la Renta.

 

En cambio, hasta el 30 de junio próximo, los propietarios de establecimientos físicos pueden tramitar -sin intereses- la renovación de la tasa de habilitación para ejercer su actividad en el cantón. A partir del 1 de julio se generarán intereses.

 

En tanto, todo contribuyente obligado a llevar contabilidad ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) y con establecimientos en el cantón, debe pagar el Impuesto del 1.5 por mil sobre los Activos Totales.

 

Este tributo deben pagarlo todas las personas naturales, jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción, que ejerzan permanentemente actividades económicas y estén obligados a llevar contabilidad.

 
Ciudadanos pueden acogerse a la remisión
 

Hasta el 31 de julio estará vigente la remisión de intereses, multas y recargos derivados de tres obligaciones tributarias municipales: impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras.

 

Con esta normativa, los guayaquileños que tienen obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2023, pueden acogerse al beneficio: quienes cancelaron el capital total dentro del 1 de marzo y el 30 de abril recibieron el 100% de remisión de intereses, multas y recargos; entre el 1 de mayo y 30 de junio regirá el 75%; y, entre el 1 de julio y el 31 de julio, el 50%.

 

De acuerdo con la Dirección Financiera, entre el 1 de marzo y el 17 de mayo se acogieron a la remisión un total de 13.519 ciudadanos, con una recaudación municipal de USD 5,1 millones.

 
¿Cuáles son los canales de pago vigente?
 

  • Los ciudadanos pueden realizar sus pagos desde el siguiente enlace del municipio https://pagaguayaquil.com/cep, por medio de tarjetas de crédito y débito del Banco de Guayaquil.

  • Otra opción se puede realizar mediante la banca virtual de los siguientes bancos: Bolivariano, Pichincha, Guayaquil, Produbanco y los de la Red de Servicios Facilito. Ingresando la cuenta en línea en la opción de Pago de Servicios, buscando «Municipio de Guayaquil» o «Impuestos», selecciona pago por CEP e ingresa el código.

  • Se puede pagar de forma presencial en las ventanillas del Municipio de Guayaquil, Wester Union, Servipagos, Red Facilito o los bancos Pichincha, Bolivariano y Guayaquil. Sólo debe indicar el CEP y pagar el monto del tributo calculado.

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