DIRECCIÓN​​​​ DE ASESORÍA JURÍDICA​

Dirección de Asesoría Jurídica

Misión

Atender eficientemente, con criterios claros, acertados y actualizados asesoría jurídica requerida por la Municipalidad de Guayaquil, tanto a través de sus órganos internos, como en las relaciones institucionales con terceros, teniendo presente permanentemente, en todos los casos, el carácter instrumental del municipio para la realización del bien común, y al ciudadano como eje y destinatario de las actuaciones municipales.

Visión

La Procuraduría Síndica es reconocida como un soporte fundamental, eficaz y permanente en el cumplimiento de la misión institucional de la Municipalidad de Guayaquil.

Art. 10.- El Procurador Sindico Municipal, que será el Director de la Asesoría Jurídica, tendrá junto con el Alcalde, la representación judicial y extrajudicial de la Municipalidad.

Funciones de la Dirección de Asesoría Jurídica

a. Asesorar al nivel directivo y ejecutivo y a los demás directivos de la Municipalidad en asuntos de orden jurídico.

b. Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con estudios jurídicos, patrocinio legal y contrataciones de la Municipalidad.

c. Estudiar y emitir dictámenes de carácter jurídico y legal sobre los asuntos que le sean sometidos.

d. Elaborar proyectos de leyes, ordenanzas, acuerdos, convenios, contratos, reglamentos y más instrumentos legales o jurídicos que le sean solicitadas por el Concejo Cantonal o por el Alcalde.

e. Intervenir en los trámites legales, judiciales y extrajudiciales que le competan a la Municipalidad.

f. Intervenir de acuerdo a lo dispuesto en las leyes de materia y sus reglamentos en los procesos precontractuales y de contratación que realiza la Municipalidad, cuidando que se cumplan con todos los procedimientos legales para este efecto.

g. Recopilar y mantener actualizada la legislación relacionada con la Municipalidad y sugerir reformas legales.

h. Mantener un archivo actualizado y especializado de procesos y documentación correspondiente a las actividades de asesoría jurídica.

i. Presentar al Alcalde informes periódicos de labores.

j. Participar y vigilar el trámite de los procesos civiles, penales, laborales y administrativos propuestos contra la Municipalidad o que ésta inicie contra terceros.

k. Actuar en las diligencias judiciales y extrajudiciales de competencia de la Municipalidad y coordinar las acciones e instancias de acuerdo a las leyes vigentes.

l. Representar a la corporación por delegación del Concejo Cantonal o del Alcalde ante los organismos colegiados internos y externos.

m. Revisar los documentos habilitantes previa a la celebración de los contratos y convenios observando el cumplimiento de todas las disposiciones legales.

n. Emitir informes y absolver consultas relacionadas con la aplicación de la Ley de Contratación Pública y más disposiciones legales afines vigentes.

o. Procurar el mejoramiento continuo de los procesos de la Dirección.

p. El Director de Asesoría Jurídica podrá delegar la suscripción de las resoluciones de adjudicaciones a un funcionario de la Dirección de Asesoría Jurídica, así como la suscripción de convenios y contratos; y,

q. Las demás que le asignare el Alcalde.

De la Subprocuraduría Síndica Municipal

Art. II.- Son funciones de quien desempeñe el cargo de Sub Procurador Síndico Municipal las siguientes:

a. Realizar la distribución de los expedientes y documentación que se reciben en la Dirección a las diferentes jefaturas, para su atención;

b. Encargarse de la supervisión administrativa de la Dirección;

c. Revisar los informes y consultas que elaboren las jefaturas de investigaciones, procesos y expropiaciones, previo a que los mismos sean puesto en conocimiento del Procurador Síndico para su revisión y suscripción. Suscribir los informes y consultas previa delegación efectuada por el Procurador Síndico Municipal;

d. Por delegación del Procurador Síndico Municipal, suscribir todas las solicitudes inherentes a cancelaciones que se deriven de los procesos administrativos y judiciales que se realicen en la Procuraduría Síndica Municipal; y,

e. Por delegación del Procurador Síndico Municipal, asistir a las reuniones de Comisión de Planeamiento y Urbanismo, Comisión de Terrenos y SS.PP. y a otras que el Procurador Síndico lo delegue.​​​